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Si desempeño alguna de las
tareas que se detallan a continuación, debe presentar
además, la documentación específica en cada caso.
Personal Embarcado
- Libreta de embarco y
permisos de embarco.
Estibador
Portuario
- Libreta de
afiliado (de poseerla).
- Documento Único
Portuario (DUP).
- Constancia
extendida por la Prefectura Naval Argentina, de no
poseer DUP.
Aeronavegantes
Personal con
función aeronáutica: piloto, copiloto, mecánico de
vuelo, etc.
- Certificado
extendido por la Fuerza Aérea, indicando las
horas de vuelo. Dicha constancia debe estar
discriminada hasta el 30/06/94 y a partir del
01/07/94.
Personal
sin función aeronáutica
-
Certificado extendido por la empresa
indicando las horas de vuelo. Dicha
constancia debe estar discriminada hasta el
30/06/94 y a partir del 01/07/94.
Servicio Doméstico
-
Libreta de Trabajo (de poseerla).
-
Libreta sanitaria (de poseerla).
-
Fotocopias autenticadas de toda
constancia en la que figure su actividad
como empleada en el servicio
doméstico(declaración del padrón
electoral, título de propiedad, créditos
personales, carnet de asociación mutual
u Obra Social, etc.).
-
Certificados médicos extendidos por
atención en el domicilio del empleador.
-
Original y fotocopia de las boletas de
depósito de aportes y contribuciones
previsionales.
- Foto
4x4.
Retiros Militares, de Prefectura o
Gendarmería
-
Libreta de Trabajo (de poseerla).
-
Certificado donde consten períodos
que fueron considerados para el
otorgamiento del retiro.
-
Haber tope del cargo máximo de
acuerdo a la fuerza donde prestó
servicios.
-
Detalle de haberes percibidos, en
concepto de retiro, desde la fecha
de solicitud del beneficio a
otorgar, hasta la actualidad.
Retiro
Policial
-
Constancia donde
se indique si el retiro es por
servicios civiles o policiales.
-
Certificado donde
consten los servicios que fueron
considerados para el
otorgamiento del mismo
(Nacionales o Provinciales).
-
Detalle de
haberes percibidos, en concepto
de retiro, desde la fecha de
solicitud del beneficio a
otorgar, hasta la actualidad.
-
Haber tope del
cargo máximo de acuerdo a la
fuerza donde prestó servicios.
Productores de Seguros
-
Certificaciones extendidas
por servicios anteriores al
31/12/68, consignando los
sueldos percibidos por todo
el período en la moneda en
que fueron abonados, como
así también, fecha de
primera y última operación.
Socio Gerente
-
Nota de
Contador Público,
avalada por el Consejo
Profesional de Ciencias
Económicas, donde
consten alta y baja de
las tareas
administrativas y a qué
cuenta se hallaba
cargado el sueldo.
Otros elementos para
acreditar Servicios son
las Libretas de Trabajo
-
Libreta de
Maternidad.
-
Libreta de Trabajo a
Domicilio.
-
Libreta de
Afiliación a
Industria.
-
Libreta de Fondo de
Desempleo
(construcción).
Extraído del sitio Web del
ANSES |